En el pasado pleno se dio lectura a una sentencia en la que se inhabilita al anterior secretario a 6 años y 6 meses de suspensión de empleo y sueldo, por un expediente disciplinario iniciado por los políticos de este ayuntamiento. ¿Los motivos?, pues tan sencillos como incumplimiento de las normas de incompatibilidades y por incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo acumulado (10 horas al mes).
Esto lo comento, porque cuando el concejal esta a gusto y contento con el empleado “obediente” es capaz de dejarle hacer sin decir ni pío. Puede consentir llegadas tarde, faltar al puesto de trabajo sin justificación, accesos a Internet, uso indiscriminado de herramientas propiedad municipal… Pero ninguna de esas conductas desaparecen, simplemente están ahí guardadas para cuando haga falta llevárselo por delante para salvar su pellejo. Algunos se creen que tener afinidad y simpatías con el partido del político de tuno le otorga patente de corso , pero indiscutiblemente a la vista de lo informado en el ultimo pleno no es así.
Pongamos por ejemplo la incompatibilidad; analicemos cuantos de los que trabajan en el ayuntamiento tienen un encarguillo por las tardes, bien en un despacho, en algunas obrillas sin importancia ayudando al cuñado, o haciendo algún programilla informático que coloca luego a duras penas por cuatro duros. ¿Tiene solicitada y concedida la compatibilidad? ¿Tiene garantizado que el político con el que tan bien se lleva ahora y que mira para otro lado, no lo utilizara en cuanto le sea necesario para salvar el tipo?. Otra sanción muy socorrida para expedientar, el horario. A partir de 10 horas de falta al mes nos encontramos en una difícil situación. Pregunto cuantos acumulan esa cifra entre retrasos, salidas anticipadas o faltas de difícil justificación y el jefe le da una palmadita en la espalda diciendo ¡No se preocupe!.. pero solo hasta que le haga falta encasquetarle la responsabilidad de sus propias incompetencias. Pongamos por ejemplo responsabilidades por caducidad o prescripción de algunos expedientes.
Y si con estos dos ejemplos nos queda alguna duda, nos podemos ir al otro asunto latente y que también vimos en el ultimo pleno, donde el ayuntamiento “se persona”, es decir reclama 402.633,83 € a tres funcionarios por un supuesto alcance. Les aclaro. Tres funcionarios que hacían las veces de Tesorero, Secretario e Interventor que pagaban las facturas que la junta de gobierno formada por los políticos del grupo de gobierno decidían, y aprobaba, pero que estaban firmadas además por el alcalde y por el concejal de hacienda del momento. Y ahora resulta que se reclama la millonaria cifra de 60 millones de las antiguas pesetas es a los funcionarios por una hipotética responsabilidad contable.
Me pregunto si estos tres funcionarios han ido al despacho del alcalde a darle las gracias, por su inesperada conducta, porque no debemos olvidar que el actual alcalde fue concejal de hacienda en gran parte del periodo cuestionado por el Tribunal de Cuentas.
En definitiva, termino como empezaba “Cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar”, o también… no hagas caso de los cantos de sirenas de algunos político que te puede llevar al abismo y darte de golpes contra el arrecife, como le pasaba a Ulises en la famosa Odisea.



9 Comentarios. Participa.:
Ambos casos tienen relación directa con la responsabilidad de las actuaciones de los funcionarios, además por lo que se aprecia no caben las amistades y los favores de dar por buenos hechos que trasgreden la ley, los funcionarios de carrera juran el cumplimento de la constitución y por tanto hacer cumplir las leyes emanadas del parlamento; por lo que se ve no solo afecta a los funcionario, sino a toda persona (contratado o cargo de confianza) que desempeña dichas funciones.
El rigor profesional de los funcionarios es la base de la gestión publica, los políticos marcan directrices, pero la ley por desgracia no les exige que conozcan la legislación en cada caso y por ello existen la figura de los funcionario incluso nacionales donde están muy claras sus competencias y responsabilidad, por tanto cuando un empleado de la administración pública actúa de forma partidista o por amistad e incluso a cambio de una mayor relajación en los expedientes, su responsabilidad en los mismo permanece y es susceptible de ser sancionada.
Algunos de los funcionarios por no decir muchos, creen que su puesto se lo deben a la persona que les ha enchufado y por tanto cree que les deben agradar tragando ruedas de molino, e incluso los que tienen plaza por oposición, y lo malo es que piensan que además ello también pueden ser arbitrarios e incumplidores y no pasa nada.
Espero que los funcionarios de este ayuntamiento y los contratados hagan una profunda reflexión sobre cuales son sus cometidos marcados por la ley y los cumplan con exquisito cuidado ya que en su forma de actuar los vecinos consideran que tienen servicios públicos justos, rápidos y de calidad, o que la corrupción, el cohecho, la injusticia y la arbitrariedad está en toda la administración.
Por desgracia detrás de toda arbitrariedad de los políticos está el consentimiento y firma de un funcionario. y es este estamento el instrumento que la ley ha puesto para que no ocurra lo que por desgracia ha ocurrido en nuestro ayuntamiento.
Te olvidaste de mencionar el sacar fotocopias particulares, que también es algo muy habitual
Por eso la interventora hace bien en poner reparos por escrito a las facturas. pero se está quedando un poco corta.
Cuando han llevado al tribunal de cuentas la advertencia escrita al político le dijo su señoría que no se poda quedar ahí que tenia que haberlo denunciado en los órganos habilitados para ellos. Fiscalía, Tribual de Cuentas, Audiencia de Cuentas, Intervención General, Gobierno de Canarias, Gobierno de España. No basta con dejar constancia y no hacer.
De donde van a sacar tres funcionarios sesenta millones de pesetas.?
Han tenido que hipotecar sus casas.
Dña. Victoria:
Se le ha olvidado comentar que además, cuando un ciudadano pide amparo a cualquier funcionario público, por violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, como son las persecuciones mafiosas derivadas de la manipulación de las bases de datos, el artículo 195 del Código Penal entra en liza y castiga el desamparo, puesto que provoca insolidaridad y sectarismo grave que nos divide, sembrando el miedo, la desconfianza, y la violencia por traición a los principios democráticos.
Asi que, la desobediencia al superior no esta castigada, cuando este quiera cometer un abuso con el ciudadano a traves del funcinario agradecido.
Saludos cordiales
Que al final los políticos se van de rositas y no les van a responsabilizar de nada. Es todo tan injusto.
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